En Extremadura, el Decreto 102/2012 regula las condiciones técnico-sanitarias de las piscinas de uso colectivo y establece las normas que todo socorrista debe conocer. Aunque data de 2012, sigue vigente salvo modificaciones posteriores oficiales, y es esencial para garantizar una vigilancia eficaz y proteger la salud pública.
1. Objetivo y principios de actuación
El Decreto busca proteger la salud de los usuarios de piscinas colectivas en Extremadura mediante:
- Regulación técnica y sanitaria de instalaciones y servicios.
- Establecimiento de un régimen de vigilancia, inspección y sanciones administrativas.
- Aplicación de principios como el análisis de riesgo, responsabilidad de gestores, transparencia e información al público .
2. Ámbito de aplicación
¿Dónde se aplica esta norma?
- A todas las piscinas de uso colectivo, públicas o privadas, con independencia de su titularidad.
- Se excluyen piscinas unifamiliares, comunidades con vaso ≤ 250 m², termales o mineromedicinales, y otras aguas de baño reguladas por normativa distinta.
- También se aplica parcialmente a instalaciones como balnearios urbanos, hidroterapia o parques acuáticos en materias clave como registro, control sanitario, aforo, desinfección y diseño.
3. Registro de piscinas colectivas
Un aspecto clave para la prevención:
- Cada piscina debe estar inscrita en el Registro de Piscinas de Uso Colectivo, gestionado desde las direcciones de salud de área y centralizado por la Consejería de Salud.
- Los ayuntamientos facilitan la información de licencias urbanísticas para su anotación, sin que se necesite solicitud del titular.
4. Auto‑control y control oficial
Los socorristas desarrollan una doble función:
- Autocontrol: bajo la responsabilidad del titular, con registros propios sobre parámetros del agua, limpieza, equipo y plan de emergencias.
- Control oficial: realizado por la autoridad sanitaria, verificando cumplimiento técnico‑sanitario mediante inspecciones periódicas y toma de muestras del agua.
5. Aforo y vigilancia
El Decreto exige:
- Determinar el número máximo de bañistas por vaso, atendiendo a dimensiones, profundidad y circulación del agua.
- Control permanente por personal cualificado: el socorrista debe vigilar continuamente, prevenir situaciones de riesgo y supervisar zonas conflictivas o de alta concentración.
6. Desinfección y tratamiento del agua
Pilares fundamentales para la salud:
- Desinfección obligatoria mediante cloro u otros medios autorizados.
- Desinsectación y desratización del área perimetral.
- Expectativa de mantener sistemas de filtración, depuración, dosificación y caudalímetros en perfecto estado y con registros actualizados.
7. Diseño, construcción y materiales
Los socorristas deben conocer:
- Los requisitos de construcción, elección de materiales antideslizantes y condiciones de diseño adaptadas a seguridad y limpieza.
- Si se trata de piscinas cubiertas, de hidroterapia o parques acuáticos, tienen aplicación adicional artículos sobre entrada y salida de agua, recirculación, tratamiento y calidad del aire.
8. Sanciones e infracciones
Entender el régimen sancionador es clave:
- Las infracciones son tipificadas según su gravedad: leves, graves o muy graves. La autoridad sanitaria puede iniciar expediente y aplicar sanciones adaptadas, conforme a la Ley de Salud Pública de Extremadura.
- Procedimientos sancionadores son independientes y anteriores al Decreto en curso no se aplican salvo que resulten más favorables al infractor.
9. Derogaciones y vigencia
El Decreto deroga expresamente:
- El Reglamento anterior (Decreto 54/2002) y sus modificaciones de 2004 y 2008, además de órdenes sobre registro, botiquines y autorizaciones.
- Entró en vigor al día siguiente de su publicación, es decir, el 9 de junio de 2012.
¿Qué debe saber un socorrista acuático?
Seguridad integral
- Debes conocer cómo se calcula y mantiene el aforo, y estar alerta constante para evitar aglomeraciones o infracciones de acceso.
Control del medio acuático
- Conocer los parámetros físico‑químicos: cloro residual, pH, claridad, temperature.
- Registrar las mediciones y actuar si los valores se desvían de los límites legales.
Mantenimiento operativo
- Saber cómo funcionan los sistemas automáticos (dosificadores, filtración y caudalímetros) y detectar fallos.
- Participar activamente en las rutinas de limpieza, desinfección y revisión del equipamiento.
Primeros auxilios y rescate
- Aunque el Decreto no detalla protocolos, en la práctica el socorrista debe aplicar formación técnica en primeros auxilios, atención a heridos, inmovilización, RCP, técnicas de rescate en piscina y traslado de víctimas.
Comunicación y transparencia
- Debes informar correctamente a los usuarios sobre aforo, normas de uso, planificación de emergencias, y evidenciar tu presencia y funciones como agente de prevención.
Conocimiento legal
- Entender las sanciones posibles por incumplir normas sanitarias o de vigilancia, y actuar siempre conforme a procedimientos oficiales si se detecta anomalía.
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